Violencia Intrafamiliar en Francia ¿Qué hacer?

CASO 1:

 

La Sra. X casada desde hace un año, y sin hijos encontró a su marido en el extranjero y decidió quitar su país para venir a Francia a vivir con él. 

Poco a poco la situación se degrada, el esposo incomunica a la Sra. X que no conoce a sus vecinos. El esposo se vuelve violento y la obliga a tener relaciones sexuales. 

La Sra. X sale del domicilio y se encuentra desamparada. Gracias a una persona, la Comisaría es alertada y la Sra. X puede presentar una denuncia penal. 

El caso será juzgado ante el tribunal correccional y el esposo violento será juzgado a varios meses de prisión bajo libertad condicional. 

De manera paralela la Sra. X presenta una demanda de divorcio y solicita una ordenanza de protección.

 

¿Qué debe saber la Sra. X?

 

1. Sobre las violencias: 

“Toda forma de violencia es condenable”: violencias físicas y psicológicas. 

 

  • Violencias físicas: las violencias físicas contra el cónyuge, el concubino, o/el pacs son cometidas en circunstancias agravantes en consecuencia son siempre consideradas al menos como delitos. 

 

Delitos Crimenes

Incapacidad en días

+ de 8 días 

Golpes, amenazas con revolver, con herramientas de jardín, lanzamiento de objetos, alimentos, etc...

Homicidio 

Violación 
Prescripción 6 años  Prescripción 20 años y más 
Pena de prisión de 2-10 años Pena de prisión de + de 15 años 

 

 

  • Violencia moral: presiones psicológicas, degradación de condiciones de vida, groserías (a probar con sms, atestaciones de amigos, correos, etc...)
  • Violencia sexual: violación 
  • Interrupción del embarazo: obligación a tomar una píldora abortiva

 

2. Antes de presentarte en la Comisaría identifica la conducta para identificar el delito. 

 

 

CASO 2 :

 

La Sra. Y está casada con el Sr. T desde hace varios años con el cual tuvo un hijo. Desde hace varios meses el Sr. T es violento con la Sra Y. Sus actos se traducen por violencias físicas y psicológicas frente a su hijo menor. En la casa solo el Sr. T trabaja y la Sr. Y se dedica al hogar por lo que se encuentra en una situación de dependencia económica por lo que no puede quitar al Sr T. 

Ante esta situación su hijo de 7 años se encuentre muy perturbado aun cuando la Sra. Y trata de ocultarle el clima de violencia. 

A veces la Sra. Y tiene que maquillarse y cubrirse para llevar a su hijo a la escuela. 

Los profesores constatan que el menor no puede concentrarse en cursos y la escuela ha hecho un señalamiento al Consejo departamental. 

La Sra. Y ha solicitado ayuda a una asociación donde la orientaron, pero no se atreve a presentar una denuncia. 

 

¿Cómo debe protegerse la Sra. Y? ¿Cómo proteger a su hijo ? 

 

VIA PENAL

 

Violencias en curso: Llamar a la policía el cónyuge violento será puesto inmediatamente a disposición del Procurador de la Repùblica. 

Violencias ocurridas con posterioridad:  

Presentar una denuncia penal (la “main courante” no es suficiente para iniciar un procedimiento judicial) 

¿Dónde presentar la denuncia? En cualquier comisaria o gendarmería poco importa. 

O en su defecto la denuncia puede ser presentada ante el Tribunal Judicial del lugar donde se cometieron los hechos. Esta debe estar dirigida al Procurador de la Republica insertando todo tipo de pruebas 

Pruebas: fotos de golpes, heridas, atestaciones y certificados médicos, etc.,

 

Después de presentar la denuncia ¿Qué hacer?:

 

1. Medidas de protección urgentes: 

 

Domiciliación de la víctima en los locales de la policía. 
Quitar el domicilio conyugal con los documentos siguientes : livret de famille, identificación, pasaporte, título de séjour, chequeras, pagos de renta, fichas de pago, carnet santé, escrituras de compra de inmuebles, certificados médicos, llaves de la casa y del coche 
Instalarse en un albergue asociativo.  Marcar al Espace solidarité 01-43-48-18-66 o a la Fédération Nationale Solidarité des Femmes 01-40-33-80-90  o al Centre du psycho trauma de l’institut de victimologie 01-43-60-93-20

 

2. Medidas durante la fase de la averiguación 

Recuperación de testimonios y pruebas. 
Confrontación entre el cónyuge violento y la víctima. 
Investigación socio-económica 
Investigación médico psicológica. 

 

3. Después de la averiguación, el expediente puede ser: 

 

A. Sobreseído si la violencia no es comprobada. 

 

B. Pueden ser dictadas las siguientes medidas alternativas: 

 

  • Simple recordatorio de ley (delito no comprobado) 
  • Obligación de seguimiento por una estructura social 
  • Composición penal (pena menor à 5 años) 
  • Exclusión del cónyuge violento del domicilio
  • Mediación penal 

 

C. El Procurador puede decidir de enviar el expediente para que sea condenado ante el tribunal correccional o la corte d’assises. 

 

4. Reparaciones: Daños y perjuicios calculados según los daños sufridos 

 

VIA FAMILIAR 

 

De manera paralela, deberá ser presentada una demanda ante el juez de lo familiar para fijar medidas provisionales que aseguren el bienestar de la familia a través de una Orden de protección. Entre estas medidas se encuentran: 

 

  • Residencia separada
  • Medidas financieras
  • Medidas respectivas al ejercicio de la autoridad parental, etc. 

 

También podrá presentarse una demanda de divorcio. 

 

RENOVACION DEL TITULO DE SEJOUR 

 

Las mujeres víctimas de violencias intrafamiliar tienen el derecho a que su título de séjour sea renovado. 

 

Nuestro despacho puede asesorarla en el marco de la ayuda juridica del estado si es victima de violencia intrafamiliar.

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© Maître Castro Montesinos Héctor